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Ankara

Los ciudadanos que figuran en el Listado de Terceros Países a los que se le exige visado, están obligados, desde abril, a tramitar una visa para poder ingresar a España.
El 21 de diciembre de 2006 el Concejo de Ministros de la Unión Europea (UE) aprobó el reglamento (CE) No 1932/2006, por el cual se incluye la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación del visado para el ingreso al Espacio Schengen
Esta medida se implementó a partir del 1 de abril pasado. Por lo tanto, todos los países de la UE, con excepción del Reino Unido e Irlanda exigirán visas de ingreso para los ciudadanos dominicanos.
Nuevas exigencias para la solicitud de visado:
Entre las exigencias más importantes que impuso España se encuentran: la solicitud de visado debe contener una fotografía actualizada, pasaporte o documento válido de viaje y con vigencia superior a 90 días, acreditar las condiciones y el objeto de la estancia prevista, disponer de medios adecuados de subsistencia, no tener prohibida la entrada en España o en cualquier país miembro del espacio Schengen
Dónde se tramita la visa: Se solicita en las Embajadas o Consulados españoles en el país de nacionalidad o de residencia de la persona extranjera que desea entrar en España.
¿Que tipo de Visa puedes tramitar?
-Trabajo
-Estudio
-Residencia
-Tránsito
-Turismo Los visados se solicitan en el Consulado de España en su país. El visado habilita al extranjero para presentarse en un puesto fronterizo español y solicitar su entrada.
La documentación que hay que presentar y los requisitos que reunir para solicitar cada tipo de visado, es la siguiente:
Turismo o Visita Familiar (Para entradas en España por un período de tiempo inferior a noventa días)
Documentación a presentar en el Consulado:
Hay que tener en cuenta que siempre que el Consulado lo estime necesario puede requerir al interesado documentación adicional.